En España está prohibido vender frutas y verduras en envases de plástico.

La prohibición data de 2023 y existen pocas excepciones. Francia sienta un precedente con su "ley contra el desperdicio".

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España se ha propuesto reducir los residuos de envases en un 15 % para 2030 con respecto a 2010, y por este motivo, así como por razones de seguridad alimentaria, ha introducido una ley muy estricta contra los envases de plástico en los que se venden frutas y verduras, especialmente en los supermercados.

A partir del 1 de enero de 2023, la legislación española sobre envases establece que los comercios de alimentación deben presentar las frutas y verduras frescas vendidas enteras a granel , es decir, generalmente sin envasar.

El gobierno español ha considerado que, cuando el envase no añade valor real al producto, es preferible eliminarlo en lugar de producir plástico y luego tener que recogerlo y reciclarlo. 

Hay algunas excepciones , entre ellas:

  • productos envasados ​​en lotes de 1,5 kg o más;
  • variedades protegidas o registradas;
  • productos con una certificación/indicación de calidad específica u orgánica;
  • productos que corren el riesgo de deteriorarse o perderse si se venden a granel. 

El texto completo de la ley se puede encontrar aquí .

Antes de España, Francia fue pionera al introducir la Ley AGEC ( Ley contra el Desperdicio ), que prohíbe la venta de alrededor de 30 tipos de frutas y verduras frescas en envases de plástico para lotes de menos de 1,5 kg. Entre estos productos se incluyen frutas y verduras resistentes como puerros, calabacines, berenjenas, tomates redondos, manzanas, peras y naranjas.

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